Proponen notificaciones electrónicas a contribuyentes municipales.
La Paz, Baja California Sur, a 21 de febrero de 2024.
- El Ayuntamiento de La Paz propuso reformas, derogaciones y adiciones al Código Fiscal del Estado y Municipios de BCS.
La Mesa Directiva del Congreso del Estado de Baja California Sur turnó a la Comisión de Asuntos Fiscales y Administrativos una propuesta del Ayuntamiento de La Paz para que las notificaciones por estrados a contribuyentes, se realicen mediante la página electrónica del gobierno municipal, en sustitución de un lugar físico abierto de las oficinas municipales.
Durante la sesión de la Diputación Permanente del martes 21 de febrero, la diputada secretaria dio lectura al oficio e iniciativa enviados por la alcaldesa Milena Paola Quiroga Romero para reformar, derogar y adicionar diversas disposiciones del Código Fiscal del Estado y Municipios del Estado de Baja California Sur.
La publicación del documento que se pretenda notificar deberá ser por un lapso de diez días en la página electrónica que para dicho efecto establezcan las autoridades fiscales; el Código vigente contempla cinco días de forma física.
Deriva de la propuesta que, el plazo de las notificaciones por estrados se contará a partir del día siguiente Al documento, y que la autoridad dejará constancia de ello en el expediente respectivo. Así mismo, tendrá como fecha de notificación la del decimoprimer día contado a partir del día siguiente en el que se hubiera publicado el documento.
La propuesta añade que las notificaciones procederán en los casos en que la persona a notificarse no sea localizable en el domicilio que haya señalado para el Registro Estatal o Municipal de Contribuyentes, se ignore su domicilio o el de su representante, desaparezca o se oponga a la diligencia de notificación.
También en el caso de las notificaciones por edicto, adiciona que además de las tres publicaciones en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado y en uno de los periódicos de mayor circulación en el Estado, deberá publicarse durante 15 días en la página electrónica que para el efecto establezcan las autoridades fiscales.
Las publicaciones contendrán un extracto de los actos que se notifican y se tendrá como fecha de notificación la de la última publicación.