jueves, diciembre 12, 2024
Congreso

Proponen precisar que los 3 consejeros de la CEDHBCS deben ser abogados.

La Paz, Baja California Sur, a 28 de mayo de 2024.

  • La diputada Rosalva Vergara propuso adicionar el artículo 23 la Ley Orgánica de la CEDHBCS.

La diputada Rosalva Vergara Martínez propuso precisar en la Ley Orgánica de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDHBCS) que tres de los cinco consejeros o consejeras del Consejo Consultivo de la comisión deben contar con título de la carrera de licenciatura en derecho.

En la exposición de motivos la diputada Vergara Martínez explicó que realizó la propuesta de reforma a la Ley Orgánica de la CEDHBCS, a fin de evitar mal interpretaciones jurídicas o que se considere de los tres consejeros con ese perfil al o la titular, como sucedió en la elección pasada del titular del organismo defensor de los derechos humanos.

Propuso reformar el segundo párrafo del artículo 23 de la Ley de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Baja California Sur, “con la finalidad de precisar que de las cinco personas de reconocido prestigio en la sociedad, que integran el consejo consultivo, al menos tres, deberán contar con título de Licenciatura en Derecho, excluyendo de este supuesto, para cualquier mala interpretación a la persona titular de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, quien presidirá dicho consejo”.

El texto vigente del artículo 23 establece que “El Consejo Consultivo es el órgano de representación ciudadana de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, que estará́ presidido por el titular de la Comisión Estatal e integrado por cinco personas de reconocido prestigio en la sociedad, que desempeñen funciones de opinión y análisis respecto de la situación que guardan los derechos humanos en la entidad, así́ como de la buena marcha de la propia Comisión.

Del número de integrantes del Consejo Consultivo al menos tres, deberán contar con título de Licenciatura en Derecho y se designarán respetando el principio de paridad de género.

El texto propuesto en el segundo párrafo de ese artículo indica que “De las cinco personas a que se hace referencia en el párrafo anterior y que integran el Consejo Consultivo […] el principio de paridad de género”.

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